cloud-riders.ES ISO22301,Seguridad ¿Puede tener datos personales un trabajador en su PC de empresa?

¿Puede tener datos personales un trabajador en su PC de empresa?¿Puede tener datos personales un trabajador en su PC de empresa?

Hola a todos!

Actualmente me estoy dedicando bastante a estudiar y trabajar en temas relacionados con la auditoría forense, los sistemas, propiedad intelectual, etc.

Dento de estos ámbitos suele salir una pregunta recurrente, y es la siguiente:

¿Puede tener datos personales un trabajador en su PC de empresa?

La respuesta directa es sí, pero no.

O lo que es lo mismo, es un «depende» como un catedral.

Antes de continuar debo poner un aviso: La jurisprudencia de cada pais es muy distinta, por lo que se debe tener en cuenta a la hora de tener una respuesta completa. Lo presente es una opinión parcial basada en mi experiencia en España.

En principio, un trabajador puede tener información de carácter personal en un ordenador propiedad de su empresa u organización.

Pero mucho ojo, porque puede estar sujeto a las políticas y normativas internas de la organización/empresa.

Aquí hay algunas consideraciones importantes que debemos tener en cuenta:

1º) Políticas de Uso de Recursos de la organización:

Algunas organizaciones y/o empresas pueden tener políticas específicas que regulan el uso de los recursos de la empresa para fines personales.

Estas políticas pueden variar en cuanto al tipo de información personal que se permite almacenar en los dispositivos.

Además, puede depender también de la sensibilidad de la empresa, etc.

2º) Seguridad de los Datos Personales:

Es importante que la información esté protegida adecuadamente para evitar accesos no autorizados, exfiltraciones, etc.

Es necesario, como en cualquier otro lado, el uso de contraseñas seguras y el aseguramiento adecuado de los dispositivos.

Cosas como bloquear el equipo cuando nos ausentamos, el cifrado de discos, etc. nos ayudará a proteger la información.

3º) Separación de Datos Personales y Profesionales:

Es recomendable que los empleados mantengan una separación clara entre su información personal y la profesional.

Esto puede ayudar a proteger la privacidad del empleado y facilitar la gestión de la Información por parte de la empresa.

4º) Cumplimiento de Normativas de Protección de Datos:

El tipo de información personal almacenada, así como la de la organización pueden estar sujetas a normativas específicas de protección de datos, como el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR) en la Unión Europea.

Es importante cumplir con estas normativas para proteger la privacidad y seguridad de los datos personales.

En resumen, si bien es posible que un empleado tenga información personal en un ordenador propiedad de la organización para la que trabaja, es importante que esto se haga de manera responsable y en cumplimiento con las políticas y normativas internas de la organización o la empresa, así como con las leyes de protección de datos aplicables.

Además, hay que tener en cuenta y mucho cuidado con los acuerdos y demás que se firman al entrar en la organización.

Espero que os haya resultado interesante.

Un saludo

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